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CONTRATACION POR ETT´s
¿Cómo funciona una ETT?
Concepto y naturaleza
Las Empresas de Trabajo Temporal son aquellas cuya actividad consiste en poner a disposición de una empresa usuaria, con carácter temporal, trabajadores por ella contratados.
Contrato de puesta a disposición Es el contrato celebrado entre ETT y la empresa usuario a los efectos de ceder un trabajador para que preste servicios en esta última sociedad.
Su naturaleza es mercantil.
Formalización de contratos de puesta a disposición
Están previstos en el artículo 15 del Estatuto de Trabajadores y normativa de desarrollo.
Exclusiones
- Sustituciones de trabajadores en huelga.
- Realización de trabajos peligrosos desarrollados en el art. 8 del R.D. 216/199.
- Amortización de puesto de trabajo que se cubre en los 12 meses anteriores (despido improcedente, Objetivo o ERE) o cuando en los 18 meses anteriores el puesto a cubrir lo hubiese estado durante más de 13 meses y medio por trabajador/es cedidos por ETT.